LA HISTORIA DE ARAGÓN A TRAVÉS DE SUS LENGUAS

Doc. -1º-.

            Hola amigos:

 Tal como exponía en mi primera misiva Doc.-0- os envío el primer documento, sobre el enunciado “ La Historia de Aragón a través de sus lenguas”.

            Se trata de una Ordalía que son de la más antigua encontrada del Fuero de Jaca. Estas ordalías son  las pruebas del hierro candente o del agua hirviente, de gusto arcaico, son heredadas del Reino de Pamplona, sin embargo, las otras, son 313 artículos, que pasarán a ser como el Estatuto de Aragón, rompen el clásico poder de los Reyes absolutistas.

             La necesidad de atraer nuevos habitantes para las tierras conquistadas a los moros crean un clima de libertad y derechos personales y unas reglas a las que han de someterse los propios Reyes. Serán un ejemplo donde acudirán copistas de todos los territorios vecinos llegando su influencia desde Jaca hasta Castilla y sur de Francia.

            Es Ramiro I y su hijo Sancho Ramírez quienes las dictan y  las recopilan, sin embargo solamente se guardan del original una pequeña parte en latín, no encontramos hasta el 1200 una versión completa esta vez en romance aragonés, que es la pequeña parte que se proporciona. Olvidadas en un archivo, son recogidas por un judío sefardí Mauricio Molhó (1964) quien las publica y se hace eco El Justicia de Aragón en 2003.

            Y tratando de lenguas, era el latín, en los primeros tiempos del Reino de Aragón el que usaban para documentos en las cancillerías, casi siempre realizada por monjes. El encuentro en un remoto archivo, de estos fueros  en versión de romance (lenguas derivadas del latín), en una lengua asequible al pueblo llano, da fe que ya en los primeros tiempos esta lengua era usual (junto con el latín culto), que como veréis se asemeja al que se conserva todavía en la Zona Oriental de Aragón.

            Un poco de Historia, contemporánea con estas lenguas. ( año  778) Sancho Abarca destruye el ejército de Carlomagno en Roncesvalles, de los condados de la Marca dependientes de Carlomagno solamente quedarán, los 7 Condados de lo que hoy es Cataluña La Vieja situados en los territorios de Gerona y Barcelona y Urgel. (778 al 1258 Tratado de Corbeil ) bajo el Imperio Carolingio, perfectamente delimitados por las montañas centrales.

             Se crea el Reino de Pamplona (778 al 1036 ), que a la muerte de SanchoIII el Mayor, lo reparte entre sus hijos, nacen a la vez Navarra, (Garcia IV Sanchez ) Castilla, ( Fernando I ) Aragón (Ramiro) y Ribagorza (González).  Muere éste, hermano de Ramiro I (El Belicoso) y Ribagorza es absorbido por Aragón.

            Sancho Ramírez con su hijo Pedro I (El Conquistador) toma Barbastro (enviaremos documento e información de esta época en estas lenguas) y La Litera. En el señorío aragonés  del Valle de Arán, encontrará Pedro la muerte en una emboscada.

           

            Jaca será la primera capital del reino de Aragón en esta época.

            La plenitud de estos fueros llegará hasta el 1200 en que Jaime I (El Conquistador) ordena a Vidal de Canelles una nueva recopilación que se titulará Los Fueros de Aragón…ya llegaremos.

             Eso no son más que unas pinceladas de nuestra historia, no quiero  hacer un tratado de la misma, más bien lo que hago es enviaros los datos históricos que acompañan a las lenguas de los documentos.

 Julián Naval de Tamarite.

 

Adjuntos              

Si se quieren copias de los documentos que se siguen, se pueden abrir los adjuntos.

 

 

2ª. Del Fuero de Jaca y su escritura.

                El Fuero de Jaca es promulgado por Sancho Ramírez,  2º Rey de Aragón en 1063. Del cual tenemos 7 códices, copias o versiones del original.

 

Aquest es lo for de Jaca. [1] Esto e lo for de Jaca.                          Este es el Fuero de Jaca.

 

A, Original (Huesca, 1200) [2]                 Traducción aragonés oriental.                Traducción castellana.

                                                               (Variante de La Litera. Tamarite 2004)

 

Del filtz, si lo payre lo nega                              Dels fills, si lo pare lo negue             De los hijos. Si el padre lo          niega

com lo salue la mayre.                        com los salve la mare.                         como los salva la madre.

 

Sj alguna muyller / que non aya marit    Si alguna mullé, que no tingue marit      Si alguna mujer, que no tenga marido

aurá d’altre omne fill o filla                    aurá d’altre ome fill o filla                      tendrá de otro hombre hijo o hija

 e l’omne nega que no es son fill            e l’ome negue que no es son fill             y el hombre niega que no es su hijo

la muyller, per saluar aquell fill o          la mullé, per salbá aquell fill o               la mujer,por salvar aquel hijo                

aquella filla que sia d’aquel hom,           aquella filla que sigue d’aquell ome,       aquella hija que sea de aquel hombre

deu aportar denant la iusticia las           deu aportá debant la chustisia les          debe aportar delante de la justicia las

dos partz d’un cobde de drap                               dos parts de un codo de drap                dos partes de un codo de trapo

de lin ab qu’el sigell la man                    de lino en que li selle la ma                    de lino con que le selle la mano

dreyta, e aprés del terser dia leve          dreta, y dempués del tersé día porte     derecha y que después del tercer día ll

lo ferri calt. E passats altres tres           lo ferri candent. Y pasats altres tres      el hierro candente. Y pasados otros tres

dies puys que aurá leuat lo ferri,           dies pues que aurá portat lo ferri,          días pues que habrá llevado el hierro,

la iusticia ab altres fidels                        la chustisia en altres fidels                     la justicia con otros fieles

guarden-li saviament la man                   mirénli sabiamen la ma                           mirénle sabiamante la mano

Y si conoxen que sia sana                      Y si conneixen que sie sana                    Y si conocen que sea sana

la muyller rendas-l fill ad aquel              la mullé rindelí aquell fill a n’aquell       La mujer entregue aquel hijo a aquel

payre e d’ayllí enant no sia tenguda      pare y d’allí entanan no sie tenguda      padre y de allí en adelante no sea

 de nuyrir aquel fill e aquela filla            de nutrí aquell fill o aquella filla             obligada de alimentar aquell hijo o hija

sino ab sa voluntat, pero                       sino sigue sa boluntat, pero                   sino sea su voluntad, pero

con benfey d’aquel pare.                       en lo  benfeyt d’aquell pare.                  si lo hace lo pague el padre.

Et si por auentura la man                       Y si por bentura la ma                           Y si por ventura la mano

de la muyller no sera trobada                 de la mullé no sirá trobada                     de la mujer no será encontrada

sana, nodresca aquel fill                         sana, nudrisque aquell fill                      sana, nutra a quel hijo

o aquella filla sense aquel                       o aquella filla sense aquell                      o aquella hija sin que aquel

payre a qui.l donaua.                             pare al que se li donabe.                         padre al que al se le daba.

Pero l’un nin l’altre,                               Pero l’un ni l’altre,                                 Pero ni el uno ni el otro,        

com que s’auenga,                                  como que s’abenguen,                            como se avengan,   

no deu dar calonia.                                 no deu doná calonia.                              No deben pagar multa.

                                                                                             

                                                

 B,Original.(Pamplona,1247)[3]         Traduccion al aragonés oriental     Traducción castellana.

                                                               (Variante de La Litera.

                                                         Tamarite2004)

 

Si muller que no a marit                      Si muller que no a marit                      Si mujer que no tiene marido

fa filltz o filla d’algun omne               al fills o filla d’algun ome                   tiene hijos o hija de algún hombre

e ditz que de tal omne  lo a,               y diu que de tal omne  lo a,               y dice que de tal hombre  lo ha,

e lo omne ditz que no,                        y lo ome diu que no,                           y el hombre dice que no

la muyller haya les dos partz             la muller aya les dos parts                 la mujer lleve las dos partes

d’un cobde de drap de lin                 d’un codo de drap de lino                 de un codo de trapo de lino

 

  Julián Naval de Tamarite 12 de Julio del 2004. (página 2ª de 6)).

 

 

 

 

04.04.01. 1º Exposición. El Fuero de Jaca.  En lengua aragonesa medieval.

(Procedencia aragonesa de nuestra lengua)

Zona Oriental de Aragón.

                 El Justicia de Aragón  patrocina un trabajo de recuperación histórica y lingüística de este singular Fuero de Jaca, para ello se recuperan los trabajos de un judío sefardí Mauricio Molho [4]  con el tomo “I Facsimile” editado en el año 1964.[5]

            Del Fuero original de Sancho Ramírez ( año 1067) se conservan solamente algunos retazos en latín y gracias a las investigaciones de Molho se llegan a encontrar hasta 7 códices, versiones o copias. Las dos primeros denominados A1 y A2 son recopiladas en Jaca y Huesca, La tercera  denominada B, es recopilada en Navarra,  Pamplona (Iruña), (llamada iruñense)  , que al mencionar varias veces el Fuero de Aragón,  se le supone posterior a las A. (datados del 1230 al 1380). El resto son compilaciones que recogen las tres anteriores y son parciales,  una en Zaragoza de la que solamente hay una página y perdido el original, copiada por Manuel Lasala  (1870) redactada tardíamente en aragonés muy castellanizada.

            Los fondos utilizados han sido del Archivo Histórico Nacional, Súmmo Porto, Santa Cruz de la Serós , San Juan de la Peña , Leyre, Iranzu, Jaca Archivo Municipal. En Navarra;  Cámara de Comptos, Archivo Municipal de Pamplona, y de Estella, Puente la Reina , Santa María la Real , Sangüesa y C. De Roncesvalles, Tudela y Logroño.

            Según este estudio, Molho dice; La versión A, Es la primera recopilación romanceada del Fuero. Tiene su centro en Jaca y es obra de jurisconsultos aragoneses.

            Con la redacción B, representada por un solo manuscrito (98 folios de pergamino) aparece la primera expresión del derecho Aragonés en Pamplona. ( pag. 39).

            La versión A, (...) fue la primera lengua de los notarios de Jaca (...) lenguaje híbrido con fondo galo-románico que se trasmite de generación en generación al interior de la población al que se superpone el aragonés. ( Molho 1978. pag.193). [6]

También debe tenerse en cuenta (Ubieto pag.444) considera que se trata de lengua jaquesa( pag. 332 del Fuero).

Así pues nos hallamos con unos textos, con restos francos (langhuedoc, bearnés, gascón, etc.) al que se le ha sobrepuesto el aragonés (íbero-galo-románico) resultando según Ubieto el jaqués, (aragonés medieval) este a la vez es llevado hasta Huesca donde  empujado por el castellano, perdurará hasta el siglo XIV y en Logroño hasta el siglo XVI.

No deja de causarnos sorpresa la lectura de estos Fueros a los tamaritanos, pues están redactados en nuestra lengua, emparedada en la Zona Oriental de Aragón desde Benasque hasta Valderobles, pasando por Fraga y Tamarite  (a la que no se le ha prestado hasta la actualidad atención). Separados por casi 1000 años,  los habitantes de esta Zona con una tozudez rayana en la paranoia la han conservado con  pequeñas variantes, pese a las presiones de los dos idiomas mayoritarios el Castellano y el Catalán.  En los textos que presentamos, verán  unas variantes que vamos a analizar lo más brevemente posible.

‘Est’, perdura en Fraga; ’filtz ’perdura en Peralta-Calasanz; ‘payre,mayre’ desaparece la ‘y’ al ser la trasmisión fonética; ’omne, hom’ de las dos se deriva en – ome-; ’salue,saluar’la –u- se convierte en –b,v- (como castellano); ’iusticia’ copia latina será-j-que fonéticamente se convierte en –ch-; ’Sj’ copia latina pasa a –i-; ’sia’ perdida (Gruas 1950) pasa a –sigue; ’calt’ perdida pasa a candent (castellanismo, catalanismo); ‘ab’ pasa a en (Se conserva en un manuscrito de Alcampel 1510); ’calonia’, -multa- se conserva en las Ordenanzas de Tamarite 1696; ’dar’ –doná- se conserva en Peralta-Calasanz; ’leve, leuat’ -porte,portat- se conserva en Fraga; ’enan’ apócope de –entanan; ’ditz, partz’-diu, parts-, en Peralta-Calasanz y Zurita. Hay otras variantes y matices más sutiles que no es objeto en este trabajo abordar.

 

Julián Naval de Tamarite a 13 de Julio del 2004. (página 1ª de 6).

[1] Redacciones aragonesas del siglo XIII (año 1.200 al 1299).Edición. El Justicia de Aragón, Zaragoza. 1964. Consejo Superior de Investigaciones Cientìficas. Dirige. José María Lacarra. pag.103.( pag. 25 del Fuero).

[2] Redactado en Huesca en 1200. Molho 1960; Justicia de Aragón 2003. (pag. 18).

[3] Justicia de Aragón. Fueros de Jaca. Redacción iruñesa.(pag.48 del Fuero).

[4] El Fuero de Jaca. Muricio Molho. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Escuela de Estudios Medievales. Instituto de Estudios Pirenaicos. 1954

[5] El Fuero de Jaca I Facsimile. Fuentes para la Historia del Pirineo. Edición Crítica de M.Molho.Sello Justicia de Aragón. Colección dirigida por  J.Mª Lacarra. Zaragoza.1964

[6] El Fuero de Jaca II Estudios. MºA. Martín Zarroquino y MªL. Arnal ,Zaragoza, 2003.

 

 

JULIÁN NAVAL FUSTER

 

 

 

 

 

 

 

Doc.-2-.

            No deja de ser curioso este documento.

            Es una traducción (letra por letra y frase por frase) en castellano de uno de los artículos del Fuero de Jaca, al estar presente éste antes del Fuero de Aragón, se puede fechar no más allá del final del 1100 o en principios del 1200. Su hallazgo en los archivos del Pilar de Zaragoza, nos da fe del uso de esta lengua en esa época.

            Acudiremos de nuevo a la Historia para explicar este hecho.

            En el anterior escrito vemos que Pedro I muere en una emboscada cuando va a defender de las agresiones exteriores al Señorío aragonés del Valle de Arán. Le sucede su hermanastro Alfonso I (El Batallador). Si hubiese nacido en Inglaterra se llamaría Alfonso (Corazón de león) y los nobles aragoneses, los Luna, García, Díaz, etc. serían los caballeros de la Tabla Redonda.

            Sus hazañas no tienen parangón. Se casa con la viuda de Castilla Dña. Urraca para unir los dos reinos, él místico religioso entra en conflicto con una Corte licenciosa  y una viuda casquivana que acaba en divorcio. En poco espacio de tiempo, los señoríos de Aragón en el territorio vecino serán numerosos. Todavía no se ha conquistado Zaragoza.

            Conquista Alfarrás, Almenar, Alguaire etc, todos los pueblos hoy en la provincia de Léida y pone sitio a la capital; pero el conde de Barcelona R. Berenguer II  pide auxilio al Conde de Perpiñán que forma un ejército en ayuda de su aliado el rey moro leridano (del que cobra las parias  o peles) harán como el perro del hortelano “ni comen ni dejan comer” y desiste en su empeño. Se decide por la conquista de  Zaragoza en el  1118 y en continuas batallas victoriosas conforma Aragón prácticamente con la extensión de hoy en día. Lo encontramos batallando en Galicia defendiendo los derechos de su mujer, en su momento. Pero su gran hazaña consiste en formar un ejército que se adentrará en territorio musulmán, sitia Valencia para conquistarla y desiste ante unas lluvias torrenciales, al llegar a Málaga cumple sus sueño, navegar por el Mediterráneo, al regreso lo hace por el centro, en su periplo que durará un año, vence a 25 reyezuelos moros en otras tantas batallas, tras de sí traerá 10.000 mozárabes, que repoblarán Aragón.

            Su muerte en Huesca es una tragedia, sin descendientes, se crea un vacío de poder y los moros recuperan parte de lo conquistado. Zaragoza por el tratado de Aguas Caldas, quedará bajo la tutela de su hijastro Alfonso VII de Castilla. La ocupación durará 25 años y comienza la castellanización de Zaragoza. Castilla 6 millones de habitantes Aragón 400.000. Cuando se recupera en el reinado de Petronila, la lengua cortesana es el castellano. El pueblo llano mozárabe,  que durante la ocupación se le permitía su religión y su lengua pero no se dejaban construir iglesias ni escribir más que con caracteres moros, conservó su lengua oral en  romance, que conectó con los nuevos vencedores. Le suceden Ramiro II (El Monje) con su hija Petronila.

            Veremos en sucesivos documentos, que los primeros documentos son exclusivamente en latín, (1100) para pasar a mezclar los encabezados en latín y el resto en romance aragonés (1300)(durante un largo periodo de tiempo las cartas serán solo en aragonés, que coincide siempre con el hablado actualmente en la Zona Oriental y ocasionalmente en castellano) empiezan los escritos en castellano mezclando frases con el romance aragonés (1400) , para terminar hacerlo todo en castellano, a partir de la Unión con Castilla.

             Los pueblos no cambian su forma de hablar de forma repentina el latín se impuso tras 500 años de romanización completa, además porque ante las lenguas antiguas era operativa y fácil de trasmitir.

            En el próximo envío veremos las Ordenaciones desde Huesca por Alfonso II y PedroII y,  Las Ordenaciones de Jaca que la Reina Regente  María transforma en Zaragoza,(esposa de Fernando V El Ausente, rey de Nápoles y Aragón) formando la base del ordenamiento civil de los concejos de los pueblos, villas y ciudades de Aragón. (Nombramientos por Insaculación, dejando de nombrarse por los brazos de nobles, religiosos, universidades).

            Por supuesto documentos en la lengua aragonesa que todavía se conserva en la Zona Oriental.

Julián Naval de Tamarite a 24 de Octubre del 2011

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Códice en romance castellano medieval.

 

A z.       Fuero de Jaca. Archivo de la Basílica del Pilar (Zaragoza).

 

 Códice perdido y publicado fragmentariamente por Lasala (1870). 14 capítulos.

 

7. De ermanos o de parientes qui quieran vender heredat.

Item: e si algun ermano o ermana qe avran heredates partidas que les pertannera davolorio o de patrimonio, et alcuno dellos ermanos qerra vender so parz de la heredaz qel aura tocada por fuero, primero lo debe fer assaber a los otros ermanos on viere qe la compren. E si ellos non la querran comprar, dalli anant, bien la puede vender a quisquiera, mas si non lo fare ad ellos assaber, e la vendra ad otros, los ermanos o las ermanas o el genello on viene, entre un anno et un dia, pagando el precio por quanto fu vendida, sin nengun condit, la pueden cobrar, el iurando qe tanto le costo como su carta diz.

 

Ley de “retracto” en la  Compilación del Derecho Civil de Aragón.

Códice en romance aragonés medieval.

 

 

 

A 1.Fuero  Jaca.

Sancho Ramírez 1077 a Pedro II.  1213.

 

Madrid Biblioteca

Nacional, 17801(42 folios) 313 capítulos.

 

 

 

161. De germans o de parentz que uolun uendre heredatz.

 Quan germans e germanes auran entre si heredatz partidas que lis pertaynen d’auolorio o de patrimoni e algun d’aquels uolra vendre la part de la heredat que li aura tocat, segontz fuero, primerament o deu dir a sos frayres que la compren si la uolen; si aquela hora no la uolen comprar, pot-la uend’re francamente a qui.s uolra. Mas si no lis fa assaber e la uen ad altres, qual que dels frayres o de germanas la uolra, donan lo prez per quant fo uenduda, francamente e sens contradit dinz .I. an e .I. dia, segontz fuero, d’eu recobrar auer aquella part, donan lo prez asi com es dit.

 

 

M.Molho. 1963 Edita: Consejo Superior de Invest.Científicas.

 

 

 

Códice en romance aragonés actual. 

 

 

 

2011 Romance aragonés de La Litera, actual en uso. (Traducción literal)

 

 La voz de La Litera.

 Revista mensual sin interrupción del   1976 al 2011. Libros:Aguilar, Carpi, Gruas, Naval. 

 

De chermans o de parents que volen vendre heredat.

Cuan chermans y chermanes aurán entre sí heredat partides que les pertañen de abolorio o de patrimoni y algún d’aquells voldrá vendre la part de la heredat que li aurá tocat, segúnt fuero, primerament o deu de di als seus parents que la compren si volen; si aquella hora no la volen comprá, pot’la vendre francamente a qui voldrá. Mes si no lis fa sabre a un y a altres, cualquiere del parents o chermans la voldrá, donán lo preu per cuan fos venuda, francamente y sense cap contradisió dins de .I. añ e .I. día, seguns fuero, d’eu recobrá aber aquella part, donán los preu así com es dit.

 

 Traducción de J. Naval de Tamarite.2011 (literal).

 

 

 

 

 

JULIÁN NAVAL FUSTER

04.04.01. 1º Exposición. El Fuero de Jaca.  En lengua aragonesa medieval.

(Procedencia aragonesa de nuestra lengua)

Zona Oriental de Aragón.

 

                                El Justicia de Aragón  patrocina un trabajo de recuperación histórica y lingüística de este singular Fuero de Jaca, para ello se recuperan los trabajos de un judío sefardí Mauricio Molho [1]  con el tomo “I Facsimile” editado en el año 1964.[2]

                Del Fuero original de Sancho Ramírez ( año 1067) se conservan solamente algunos retazos en latín y gracias a las investigaciones de Molho se llegan a encontrar hasta 7 códices, versiones o copias. Las dos primeros denominados A1 y A2 son recopiladas en Jaca y Huesca, La tercera  denominada B, es recopilada en Navarra,  Pamplona (Iruña), (llamada iruñense)  , que al mencionar varias veces el Fuero de Aragón,  se le supone posterior a las A. (datados del 1230 al 1380). El resto son compilaciones que recogen las tres anteriores y son parciales,  una en Zaragoza de la que solamente hay una página y perdido el original, copiada por Manuel Lasala  (1870) redactada tardíamente en aragonés muy castellanizada.

                Los fondos utilizados han sido del Archivo Histórico Nacional, Súmmo Porto, Santa Cruz de la Serós, San Juan de la Peña, Leyre, Iranzu, Jaca Archivo Municipal. En Navarra;  Cámara de Comptos, Archivo Municipal de Pamplona, y de Estella, Puente la Reina, Santa María la Real, Sangüesa y C. De Roncesvalles, Tudela y Logroño.

                Según este estudio, Molho dice; La versión A, Es la primera recopilación romanceada del Fuero. Tiene su centro en Jaca y es obra de jurisconsultos aragoneses.

                Con la redacción B, representada por un solo manuscrito (98 folios de pergamino) aparece la primera expresión del derecho Aragonés en Pamplona. ( pag. 39).

                La versión A, (...) fue la primera lengua de los notarios de Jaca (...) lenguaje híbrido con fondo galo-románico que se trasmite de generación en generación al interior de la población al que se superpone el aragonés. ( Molho 1978. pag.193). [3]

También debe tenerse en cuenta (Ubieto pag.444) considera que se trata de lengua jaquesa( pag. 332 del Fuero).

Así pues nos hallamos con unos textos, con restos francos (langhuedoc, bearnés, gascón, etc.) al que se le ha sobrepuesto el aragonés (íbero-galo-románico) resultando según Ubieto el jaqués, (aragonés medieval) este a la vez es llevado hasta Huesca donde  empujado por el castellano, perdurará hasta el siglo XIV y en Logroño hasta el siglo XVI.

No deja de causarnos sorpresa la lectura de estos Fueros a los tamaritanos, pues están redactados en nuestra lengua, emparedada en la Zona Oriental de Aragón desde Benasque hasta Valderobles, pasando por Fraga y Tamarite  (a la que no se le ha prestado hasta la actualidad atención). Separados por casi 1000 años,  los habitantes de esta Zona con una tozudez rayana en la paranoia la han conservado con  pequeñas variantes, pese a las presiones de los dos idiomas mayoritarios el Castellano y el Catalán.  En los textos que presentamos, verán  unas variantes que vamos a analizar lo más brevemente posible.

‘Est’, perdura en Fraga; ’filtz ’perdura en Peralta-Calasanz; ‘payre,mayre’ desaparece la ‘y’ al ser la trasmisión fonética; ’omne, hom’ de las dos se deriva en – ome-; ’salue,saluar’la –u- se convierte en –b,v- (como castellano); ’iusticia’ copia latina será-j-que fonéticamente se convierte en –ch-; ’Sj’ copia latina pasa a –i-; ’sia’ perdida (Gruas 1950) pasa a –sigue; ’calt’ perdida pasa a candent (castellanismo, catalanismo); ‘ab’ pasa a en (Se conserva en un manuscrito de Alcampel 1510); ’calonia’, -multa- se conserva en las Ordenanzas de Tamarite 1696; ’dar’ –doná- se conserva en Peralta-Calasanz; ’leve, leuat’ -porte,portat- se conserva en Fraga; ’enan’ apócope de –entanan; ’ditz, partz’-diu, parts-, en Peralta-Calasanz y Zurita. Hay otras variantes y matices más sutiles que no es objeto en este trabajo abordar.

 

Julián Naval de Tamarite a 13 de Julio del 2004. (página 1ª de 6).

2ª. Del Fuero de Jaca y su escritura.

 

                El Fuero de Jaca es promulgado por Sancho Ramírez,  2º Rey de Aragón en 1063. Del cual tenemos 7 códices, copias o versiones del original.

 

Aquest es lo for de Jaca. [4] Esto e lo for de Jaca.                          Este es el Fuero de Jaca.

 

A, Original (Huesca, 1200) [5]                 Traducción aragonés oriental.              Traducción castellana.

                                                               (Variante de La Litera. Tamarite 2004)

 

Del filtz, si lo payre lo nega                  Dels fills, si lo pare lo negue De los hijos. Si el padre lo niega

com lo salue la mayre.                         com los salve la mare.                          como los salva la madre.

 

Sj alguna muyller / que non aya marit Si alguna mullé, que no tingue marit   Si alguna mujer, que no tenga marido

aurá d’altre omne fill o filla                  aurá d’altre ome fill o filla                    tendrá de otro hombre hijo o hija

 e l’omne nega que no es son fill          e l’ome negue que no es son fill           y el hombre niega que no es su hijo

la muyller, per saluar aquell fill o         la mullé, per salbá aquell fill o             la mujer,por salvar aquel hijo                              

aquella filla que sia d’aquel hom,        aquella filla que sigue d’aquell ome,   aquella hija que sea de aquel hombre

deu aportar denant la iusticia las         deu aportá debant la chustisia les        debe aportar delante de la justicia las

dos partz d’un cobde de drap                               dos parts de un codo de drap                               dos partes de un codo de trapo

de lin ab qu’el sigell la man                  de lino en que li selle la ma                  de lino con que le selle la mano

dreyta, e aprés del terser dia leve        dreta, y dempués del tersé día porte   derecha y que después del tercer día ll

lo ferri calt. E passats altres tres          lo ferri candent. Y pasats altres tres    el hierro candente. Y pasados otros tres

dies puys que aurá leuat lo ferri,          dies pues que aurá portat lo ferri,        días pues que habrá llevado el hierro,

la iusticia ab altres fidels                      la chustisia en altres fidels                   la justicia con otros fieles

guarden-li saviament la man                               mirénli sabiamen la ma                        mirénle sabiamante la mano

Y si conoxen que sia sana                     Y si conneixen que sie sana                  Y si conocen que sea sana

la muyller rendas-l fill ad aquel            la mullé rindelí aquell fill a n’aquell     La mujer entregue aquel hijo a aquel

payre e d’ayllí enant no sia tenguda     pare y d’allí entanan no sie tenguda    padre y de allí en adelante no sea

 de nuyrir aquel fill e aquela filla          de nutrí aquell fill o aquella filla          obligada de alimentar aquell hijo o hija

sino ab sa voluntat, pero                       sino sigue sa boluntat, pero                  sino sea su voluntad, pero

con benfey d’aquel pare.                       en lo  benfeyt d’aquell pare.                 si lo hace lo pague el padre.

Et si por auentura la man                     Y si por bentura la ma                           Y si por ventura la mano

de la muyller no sera trobada                              de la mullé no sirá trobada                   de la mujer no será encontrada

sana, nodresca aquel fill                       sana, nudrisque aquell fill                     sana, nutra a quel hijo

o aquella filla sense aquel                    o aquella filla sense aquell                   o aquella hija sin que aquel

payre a qui.l donaua.                             pare al que se li donabe.                       padre al que al se le daba.

Pero l’un nin l’altre,                               Pero l’un ni l’altre,                                 Pero ni el uno ni el otro,       

com que s’auenga,                                como que s’abenguen,                          como se avengan, 

no deu dar calonia.                                               no deu doná calonia.                             No deben pagar multa.

                                                                                             

                                                

 B,Original.(Pamplona,1247)[6]           Traduccion al aragonés oriental       Traducción castellana.

                                                               (Variante de La Litera.

                                                         Tamarite2004)

 

Si muller que no a marit                    Si muller que no a marit                    Si mujer que no tiene marido

fa filltz o filla d’algun omne            al fills o filla d’algun ome                 tiene hijos o hija de algún hombre

e ditz que de tal omne  lo a,             y diu que de tal omne  lo a,              y dice que de tal hombre  lo ha,

e lo omne ditz que no,                       y lo ome diu que no,                          y el hombre dice que no

la muyller haya les dos partz           la muller aya les dos parts                                la mujer lleve las dos partes

d’un cobde de drap de lin                 d’un codo de drap de lino                 de un codo de trapo de lino

 

  Julián Naval de Tamarite 12 de Julio del 2004. (página 2ª de 6)).

[1] Redacciones aragonesas del siglo XIII (año 1.200 al 1299).Edición. El Justicia de Aragón, Zaragoza. 1964. Consejo Superior de Investigaciones Cientìficas. Dirige. José María Lacarra. pag.103.( pag. 25 del Fuero).

[1] Redactado en Huesca en 1200. Molho 1960; Justicia de Aragón 2003. (pag. 18).

[1] Justicia de Aragón. Fueros de Jaca. Redacción iruñesa.(pag.48 del Fuero).

 

 Pedro II Ordenaciones.

            Estamos en Huesca, Pedro II  ( 1196/1213  ) hijo de Alfonso II y  nieto de Petronila, ya en la Corona de Aragón, dicta unas ordenaciones para el buen gobierno de Zaragoza, Huesca y Tarazona.

           

            Llama la atención que los dirija en primer lugar a los Obispos, si tenemos en cuenta que en esa época la Religión y la política iban unidos, no nos debe extrañar este hecho, luego van los notables o nobles, los ricoshombres y las universidades (este último es el nombre dado a las representaciones de los pueblos), es el “sistema de gobierno de  manos”.

             Casado por conveniencias políticas con María de Montpelier (divorciada y con dos hijos). No la quería ver ni en pintura y pedía su divorcio al Papa que daba largas.

            La concepción de su hijo Jaime I El Conquistador, dio pié a numerosas leyendas. La más conocida el libro del Feyts (daremos luego una reseña de este libro) de Muntaner en romance, es un tanto (mucho) fantasiosa, por lo que me remito a esta última en verso, que parece más juiciosa. Escrita en castellano precioso. (sic).

 

Angustiada esta la reyna y no sin mucha razón

porque noble Rey don Pedro su marido y su señor

no hazia caso della mas que si fuera varon

no le pagaba la deuda que tenia de obligacion

antes con otras mujeres tenia su delectacion(…)

Vino le al pensamiento una loable invencion(…)

hablo con el camarero sin guardar mas sazon(…)

tu has de dar a entender al buen rey nuestro señor

quessa muger quel festeja vendra sin mas dilacion

a dormir con su alteza mas con esta condicion

que en la camara no haya candela ni resplandor(…)

quiso dios por su bondad que a la reyna le otorgo

lo que tanto deseava ques fruto de bendicion

porque el noble rey don Jayme essa noche se engendro

(Rubio.2004 pag.89)    

           

                       Este rey batalló en la conquista de Balaguer. Sin embargo, las luchas intestinas por le dominio de diferentes territorios, hace que en 1213 defendiendo a los albigenses, sus vasallos en Francia, en contra del Papa fallezca en Muret. Irónicamente se le llamó El Católico. (pragmático (y mujeriego)sus vasallos primero).

 

 

 

Compilación O.

 

Fueros del Rey Pedro para Huesca, Zaragoza y Tarazona. (1208)

 

 Version original                  Version original en

en romance aragonés           romance aragonés de             Version castellana 

del siglo XIII.                            Tamarite de Litera

                                      del siglo XXI.

Lo sennior Rey don     

Pedro, filtz del noble Rey don Alfons, en la ciutat d’Osca lodable cort ajustada de tot lo regne d’Aragon, ço es assaber de uispes: Don Garcia uispe d’Osca, de don Ramon uispe de Çaragoça e de don Garcia uispe de Taraçona, de postatz encara e de caudalers e de moltz proomnes, dona et establi questos fueros, que son dios escritz per gouernamnet de totz los omnes abitantz en lo regno d’Aragón a totz temps. Dono lo dit Rey fueros en general cort a totz los qui eran que otorgaran. Aço feyt fo en mes de may en l’an de la Carnation de Nostre Seynnor de mil CCVIII.

 

 

Es el prólogo de 21 ordenaciones para Aragón. Son promulgadas por Pedro II en las Cortes de Huesca del 1208. Sorprende al hacer la traducción a la comarca de La litera,  sus escasos cambios, después de pasados casi 1000 años.

 

Lo señor Rey don

Pedro, fill del noblle

Rey Don Alfons, en la

siutat de Huesca lodable

cort achustada de tot lo

reino d’Aragó, aso es

a sabre de bisbes:Don

Garcia bisbe de Huesca,

Don Ramón bisbe de

Saragosa y de don

Garcia bisbe de

Tarazona, de postestat

encara y de caudalers y

del mols prohomes,

done y establlis estos

fueros, qui son donats y

escrits per gobernament

de tots los omes

habitans en lo reino

d’Aragó a tots los temps

Dono lo dit Rey fueros

en general cort a tots los

qui eren que otorgaren.

Aso fos feyt al mes de

May en l’añ de la

Encarnasió del Nostre

Señor de mil CCVIII.

 

 

Se ha hecho una traducción literal de La Litera; sin embargo en algunos pueblos persiste la versión antigua en el uso de la z, y la c, y ç,  como el original medieval en Peralta, San Esteban de Litera y en Calasanz . También se ve que la u se convierte en v ó b y las dos nn en ñ. Por lo que en los textos modernos se corresponden a la fonética actual y se supone antigua.


El Señor Rey Don

Pedro, hijo del noble

Rey don Alfonso, en la

ciudad de Huesca loable

Corte ajustada de todo -

reino de Aragón.Esto es

a saber de obispos: Don García obispo de Hues-

Don Ramón obispo de

Zaragoza y de Don

Garcia obispo de

Tarazona, de potestat

todavía y de acaudalad-

y de muchos prohombr-

doy y establezco estos

fueros, que son dados

y escritos para el gobie-

de todos los hombres

habitantes en el reino d- Aragón en todos los tie-

Doy el dicho Rey fueros

en general cortes a todo-

lo que sean que otorgan.

Esto hecho en el mes de

Mayo del año de la

Encarnación de Nuestro

Señor del 1208.

Los textos originales pueden encontrarse en la publicación del Justicia de Aragón del 2003 Tomo I pag.245 es una edición en facsímil de Mauricio Molho del 1964 editado por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, pag. 165 en una colección dirigida por J. María Lacarra titulada Fuentes para la Historia del Pirineo. Tomo I.

Julián Naval. Tamarite 2011



[1] El Fuero de Jaca. Muricio Molho. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Escuela de Estudios Medievales. Instituto de Estudios Pirenaicos. 1954

[2] El Fuero de Jaca I Facsimile. Fuentes para la Historia del Pirineo. Edición Crítica de M.Molho.Sello Justicia de Aragón. Colección dirigida por  J.Mª Lacarra. Zaragoza.1964

[3] El Fuero de Jaca II Estudios. MºA. Martín Zarroquino y MªL. Arnal ,Zaragoza, 2003.

[4] Redacciones aragonesas del siglo XIII (año 1.200 al 1299).Edición. El Justicia de Aragón, Zaragoza. 1964. Consejo Superior de Investigaciones Cientìficas. Dirige. José María Lacarra. pag.103.( pag. 25 del Fuero).

[5] Redactado en Huesca en 1200. Molho 1960; Justicia de Aragón 2003. (pag. 18).

[6] Justicia de Aragón. Fueros de Jaca. Redacción iruñesa.(pag.48 del fuero).